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Información General

 ¿En qué plazo cobraré mi factura?

La normativa vigente establece que el pago de las facturas y certificaciones se realizará en un plazo de 30 días desde que se preste su conformidad.

La factura debe remitirse al Registro de Facturas de Intervención, situado c/ Juan Carlos I 42, 1ª planta, Boadilla del Monte. Puede entregarla de las siguientes formas:

-        Personas jurídicas:

 

Mediante factura electrónica, a través del Portal del Proveedor de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, al que se podrá acceder con Certificado digital o PIN 24 horas.

 

-      Personas físicas:

 

·Presencialmente, en horario de atención al público

·Por correo postal, a la dirección indicada.

·Por correo electrónico: intervencion@aytoboadilla.com

·Mediante factura electrónica, a través del Portal del Proveedor de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, al que se podrá acceder con Certificado digital o PIN 24 horas.

 

El Ayuntamiento paga por remesas semanales mediante transferencia bancaria a la cuenta que conste de alta en la Tesorería sin que se consideren para el pago otras cuentas, aunque figuren en la propia factura.

Para evitar demoras en el pago es muy importante que se comuniquen cuanto antes los datos bancarios. No es necesario si ya consta previamente, salvo actualización de datos.

¿Qué ocurre si tengo deudas con el Ayuntamiento?

Si la deuda está en periodo voluntario de pago, puede solicitar la compensación de deudas y créditos. Formulario de compensación (PDF) o por Sede Electrónica

Si la deuda está en periodo ejecutivo, por la cuantía concurrente se acordará de oficio la compensación. El exceso, si es a su favor, se abonará mediante transferencia bancaria. En caso de que la deuda no quede cubierta, se proseguirá por esa parte el procedimiento para su cobro.

 

Embargos de órganos administrativos y judiciales que pueden afectar al pago

Si el Ayuntamiento recibe una orden de retención por un embargo de crédito, debe atenderse dicha orden abonando el importe embargado a la entidad correspondiente (Juzgado, Seguridad Social, AEAT, etc.). La Tesorería comunicará esta circunstancia al acreedor que podrá dirigirse a la entidad embargante a efectos de obtener la información que precise.

 

Normativa

  •  Bases 23 y 24 de Ejecución del Presupuesto de 2017
  •  Ley 15/2010, de 5 de julio de morosidad en las operaciones comerciales.

 

Departamento gestor

Departamento de Tesorería.  C/Juan Carlos I nº 42, 1ª planta. 28669 Boadilla del Monte.
Horario de atención: horario de atención al público

 

Para más información puede contactar

 
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Última actualización

Última actualización: 27/03/2024

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