1.- Normativa
“Al solicitante de autorizaciones de uso privativo o aprovechamiento especial del dominio público, cualquiera que sea el régimen económico que les resulte de aplicación, podrá exigírsele garantía, en la forma que se estime más adecuada, del uso del bien y de su reposición o reparación, o indemnización de daños, en caso de alteración. El cobro de los gastos generados, cuando excediese de la garantía prestada, podrá hacerse efectivo por la vía de apremio”. |
2.- Obligado
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3.- Cuantía
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4.- Cálculo y formas de constitución La garantía puede presentarse a través de los siguientes medios:
El modelo puede descargarse directamente por el interesado en la Sede Electrónica. Una vez cumplimentado el Modelo 055, el ingreso se realizará:
Conserve el justificante del ingreso para solicitar la devolución de la garantía.
Debe presentarse en las oficinas de la Tesorería municipal (c/ Juan Carlos I 42, 1ª planta) horario de atención al público. Para evitar incidencias, es importante que se ajuste al modelo normalizado (modelo aval y modelo seguro de caución). En todo caso, si no es así, para su admisión, el documento (aval o certificado del seguro de caución) deberá cumplir con los requisitos siguientes:
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5.- Devolución
La devolución de la garantía se tramitará a instancia del interesado, debiendo cumplimentar el modelo normalizado de solicitud, acompañando documentación que se especifica en dicho formulario. Su tramitación corresponde a los Servicios Técnicos Municipales. El acuerdo resolviendo la solicitud de devolución se notificará al interesado, pudiendo entenderse realizado dicha notificación, en caso de fianza en metálico, cuando reciba la transferencia bancaria.
En caso de garantía financiera (aval o certificado de seguro de caución), acordada la devolución, el documento puede retirarse en la Tesorería, de forma personal o mediante persona debidamente autorizada, en horario de atención al público. En caso de actuar por medio de representante, se precisa la documentación por escrito de la autorización (poder notarial o documento privado) y fotocopias del NIF/CIF del autorizante y representado.
La devolución se realizará mediante transferencia bancaria. Si la tesorería no dispone previamente de los datos bancarios del titular del derecho a la devolución, éste deberá comunicarlos por los siguientes medios:
Si la Tesorería municipal dispone previamente de los datos bancarios, por haberse realizado otros pagos anteriormente, no es necesario aportarlos nuevamente salvo actualización de datos.
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