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El Ayuntamiento de Boadilla anima a los emprendedores a solicitar las ayudas a la creación de empleo que ofrece la Comunidad de Madrid

Nov. 19, 2012

Los emprendedores de Boadilla del Monte podrán solicitar a la Comunidad de Madrid, hasta el próximo 10 de diciembre, las ayudas que ofrece para hacer frente a las cuotas de la Seguridad Social a aquellos que contraten a trabajadores desempleados inscritos en el INEM o que prorroguen los contratos a los ya existentes. En total, las subvenciones alcanzan un valor de 27,4 millones de euros. El Ayuntamiento de Boadilla anima a los emprendedores del municipio a solicitar las ayudas siempre que reúnan los requisitos previstos en la convocatoria de las mismas: ser personas físicas que se encuentren de alta como trabajador autónomo o por cuenta propia en el régimen correspondiente de la Seguirdad Social, así como personas jurídicas que hayan constituido una empresa. Las altas o constituciones deberán haberse producido en los seis últimos años. La plantilla de la empresa no deberá superar los 50 trabajadores y deben contratar en el resto de términos que prevé la orden, estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y tener domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid. Las contrataciones o prórrogas de contrato deberán haberse realizado en el año 2012 y se bonificará hasta 18 meses de cuotas con un importe máximo de 14.400 euros; un empresario podrá ahorrarse, en función de la duración del contrato, entre 240 y 2.880 euros por trabajador. Serán subvencionables las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los nuevos contratos de trabajo o de las prórrogas de contratos de trabajo celebrados a jornada completa a jornada parcial igual o superior al 75 por ciento de la jornada ordinaria. Se aplicarán las siguientes bonificaciones: 80 euros por mes completo del contrato o prórroga cuando su duración sea de tres a cuatro meses; 120 euros por mes cuando sean de cinco a seis meses, y 160 euros por mes para contratos o prórrogas superiores a seis meses. Los emprendedores que cumplan los requisitos previstos (Orden 23/2012 de 12 de noviembre) podrán solicitar las ayudas a través de la página web www.madrid.org o presentando la documentación requerida en cualquier Registro oficial.

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Última actualización: 27/03/2024

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