Resuelva sus dudas sobre la tramitación de las multas de tráfico que impone el Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
Quiero una relación de mis multas que se tramitan en periodo voluntario "pendientes de pago"
Se puede obtener:
Solicitandolo en el registro general del Ayuntamiento de Boadilla del monte mediante instancia, ya sea personalmente o a través de la Sede electrónica.
En las oficinas del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en la Unidad de Sanciones en horario de lunes a viernes de 9.00 a 14 horas y jueves hasta las 17.00 horas .(24 y 31 de diciembre cerrado).
Persona jurídica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, con certificado digital.
Si no acude el interesado, el representante debe aportar la autorización correspondiente junto con la fotocopia del documento de identidad del autorizante.
¿Dónde está y que horario tiene el Departamento de Multas?
Está ubicado en la Calle Juan Carlos I 0042, en horario de lunes a viernes de 9.00 a 14 horas y jueves hasta las 17.00 horas (24 y 31 de diciembre cerrado).
¿Cómo puedo ver un expediente?
Ha de concertar CITA PREVIA por medio de:
Llamada telefónica a la Unidad de Sanciones (tlno 916349300 opción 5)
Si no acude el interesado, el representante debe aportar la autorización correspondiente junto con la fotocopia del documento de identidad del autorizante.
¿Cómo y cuándo presento un escrito contra una multa?
Para presentar alegaciones sobre un expediente sancionador deberá hacerlo en el plazo de 20 días naturales desde el día siguiente a la entrega en el acto de la denuncia, de la recepción de la notificación, o de su publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).
Puede hacerlo, bien por correo administrativo, dirigido al Ayuntamiento de Boadilla del Monte/ Unidad de sanciones; bien en el registro del Ayuntamiento de Boadilla del Monte o por ventanilla Única en cualquier administración publica, o bien a través de sede electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte con certificado digital.
¿Cómo pago una multa? (I)
EN PERIODO VOLUNTARIO
Para aquellas denuncias entregadas en el acto por Policía Local , se puede pagar, bien directamente al Agente, en las oficinas de caixabank o Santander, o mediante sede electrónica, Aytoboadilladelmonte.org/sede electrónica/pagos on line Modalidad 2, dentro del plazo señalado para pagar
Para aquellas denuncias notificadas por correo, bien por internet en www.aytoboadilladelmonte.org/sede electrónica/pagos on line/modalidad 2 , con tarjeta de crédito o en las sucursales de Caixabank o Santander.
Si no ha recibido notificación, podrá solicitarlo a través de correo electrónico con la fotocopia del DNI/CIF del titular de la denuncia (sanciones@aytoboadilla.com)
¿Puedo pagar de forma fraccionada, o aplazar, el pago de una multa en periodo de pago reducido?
No existe la posibilidad de pago fraccionado o aplazado de una multa con el pago reducido de la misma.
¿Cómo pago una multa que me requiere los datos del conductor?
Esta notificación, en el caso de resultar persona jurídica, NO PERMITE EL PAGO. Es imprescindible la previa identificación de la persona que hacía uso del vehículo en el momento de formularse la denuncia. Para ello, dispone de un plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de la práctica de la notificación.
Al conductor identificado se le enviará la notificación de la denuncia e incoación del expediente por lo que tendrá posibilidad de pagar con la bonificación correspondiente o realizar alegaciones en su defensa si lo considera oportuno.
¿Cómo facilito los datos del conductor?
Para identificar al conductor, deberá hacerlo mediante escrito firmado en el que consten, nombre, apellidos, DNI y domicilio de la persona identificada, en el plazo de 20 días naturales desde el día siguiente a la recepción de la notificación o de su publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).
Puede hacerlo, bien por correo administrativo, dirigido a la Unidad de sanciones del Ayuntamiento de Boadilla del Monte sito en Calle Juan Carlos I 0042, 28660 Boadilla del Monte, Madrid, o bien por ventanilla Única en cualquier Administración Pública o por sede electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, si dispone de certificado digital. Las personas jurídicas están obligadas a realizarlo a través de sede electrónica.
Si el conductor identificado no figura inscrito en el Registro de Conductores de la Dirección General de Tráfico (DGT), deberá aportar, junto con la identificación, copia de la autorización administrativa que habilita para conducir en España a la persona identificada (artítulo 9 bis Ley de Seguridad Vial).
¿Puedo pagar con una notificación a personas jurídicas o tengo que identificar obligatoriamente a un conductor?
Se puede pagar si se trata de una notificación a persona jurídica por infracción sin pérdida de puntos.
En el plazo de 20 días naturales desde el día siguiente a la práctica de la notificación podrá, bien abonar con la reducción del 50 por ciento, sin necesidad de identificar a ningún conductor, o bien identificar a la persona que conducía el vehículo, o al arrendatario, para que éstos sean notificados.
Si no se paga o no se identifica, se inicia el expediente por incumplimiento del deber de identificar al conductor.
He recibido una multa y el coche yo no lo tengo porque lo vendí ¿qué hago?
Si usted vendió su vehículo y dejó constancia de ello en los Registros de la Dirección General de Tráfico, deberá remitir la copia del escrito con registro de entrada en referido Registro, por el cual comunicó la venta, indicando la matrícula y la fecha de la transferencia o cambio de titularidad.
Si usted vendió su vehículo y NO dejó constancia de ello en los Registros de la Dirección General de Tráfico porque lo hizo simplemente mediante un contrato privado, queda informado de que quien figura como titular en los Registros de la DGT tiene la obligación de comunicar los datos del nuevo adquirente y llevarse a efecto el cambio de titularidad en la DGT, no hacerlo supone que podrá seguir siendo considerado titular del vehículo a efectos de las normas de tráfico.
Voy a comprar un coche y quiero saber las multas que tiene
Si usted no es la persona interesada en los procedimientos sancionadores, no puede proporcionársele la información contenida en dichos expedientes.
¿Cuándo prescribe una multa?
Como infracción, la prescripción se produce en tres meses en el caso de las leves y en seis meses en el caso de las graves y muy graves.
La prescripción queda interrumpida por cualquier actuación administrativa encaminada a averiguar la identidad y/o domicilio del infractor o cualquier notificación.
Las sanciones ya impuestas, en el caso de que sean económicas, prescriben a los cuatro años, y la detracción de puntos, al año.
¿Dónde puedo recoger un duplicado de una notificación?
Se puede obtener presencialmente, en la Unidad de Sanciones del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, o solicitarla a través de correo electrónico con la fotocopia del DNI/CIF del titular de la denuncia (sanciones@aytoboadilla.com)
RÉGIMEN SANCIONADOR
En el caso de que la denuncia haya sido notificada en el acto:
Se le notifica esta denuncia haciéndole saber que se ha incoado el correspondiente procedimiento sancionador de acuerdo con lo establecido en el art. 86.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, en adelante (LSV), siendo el órgano instructor el Jefe de la Policía Local, y el Órgano sancionador la Tercera Teniente de Alcalde, previa delegación de alcaldía (decreto del Alcalde- Presidente nº 4364/2021 de 7 de septiembre, modificado por decreto de alcaldía 6030/2021 y por decreto Alcaldía 3802/2022).
En el plazo de VEINTE DIAS NATURALES podrá realizar el pago voluntario de la multa con una reducción del 50% de su importe o formular alegaciones con aportación y/o proposición de las pruebas que estime oportunas, (art. 93.1 LSV), presentado escrito en el Ayuntamiento de Boadilla del Monte y en cualquiera de los Registros, oficinas y dependencias previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 01 de octubre. Igualmente, se le comunica su derecho a conocer en todo momento el estado de tramitación en que se encuentra el procedimiento sancionador en el que Vd. figura como inculpado y a la obtención de copia del expediente. Si efectúa el pago con la reducción del 50% se tendrá por concluido el presente procedimiento administrativo sancionador sin necesidad de dictar resolución expresa con las siguientes consecuencias: la renuncia a formular alegaciones (o de presentarse no ser objeto de valoración), el agotamiento de la vía administrativa, la firmeza de la sanción y el inicio del plazo para interponer únicamente recurso contencioso administrativo, sin que la sanción compute como antecedente en el Registro de Conductores e infractores siempre que se trate de infracción de carácter grave que no lleve aparejada la pérdida de puntos (art. 94 LSV). Esto no será de aplicación a las infracciones recogidas en el art 77 h), j), n), ñ), o), p), q) y r) según lo dispuesto en el art 93.2 de la LSV.
Transcurrido el plazo de veinte días, antes citado, sin que se hayan formulado alegaciones y/o propuesta o aportación de pruebas o haya sido abonado el importe de la sanción, esta notificación transcurridos 30 días surtirá el efecto de acto resolutorio del expediente sancionador adquiriendo firmeza (artículo 95.5 (LSV).
Contra dicho acto resolutorio puede interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de este orden jurisdiccional consede en Madrid.
En el caso de que estuviera ausente podrá acogerse a una de estas dos opciones:
Opción 1: realizar el pago reducido con este documento en el plazo de 20 días naturales, con los efectos regulados en el punto I.
Opción 2: esperar a que la sanción se notifique fehacientemente en su domicilio mediante correo certificado o a través de la DEV si está dado de alta. En caso de resultar ser persona jurídica es obligatorio la notificación de forma telemática.
Pago de la sanción
1.- Mediante el presente documento.
2.- Mediante tarjeta bancaria de cualquier entidad, a través de la web www.ayuntamientoboadilladelmonte.org en la sede electrónica, opción de pago on-line MODALIDAD 2.
3.- En metálico en oficinas y cajeros habilitados de Caixabank y Santander, también con las tarjetas propias y banca electrónica si son clientes.
4.- Mediante giro postal en las oficinas de correos, aportando este documento de ingreso y abonando el importe establecido por dicha entidad.
NOTAS:
Los datos expresados en esta notificación se han incorporado y tratado en el fichero de expedientes sancionadores, inscrito en el Registro de Ficheros de datos personales de la APDCM, no estando prevista la cesión de datos. El órgano responsable del fichero es la Policía Local y la dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es en el Ayuntamiento de Boadilla del Monte C/ Juan Carlos I, 42 Boadilla del Monte.